¿Cómo se manejan los bienes y las deudas en caso de quiebra cuando se presenta la solicitud sin cónyuge?
Si bien un cónyuge tiene la opción de declararse en bancarrota individualmente, esta decisión podría afectar el resultado en cuanto a bienes y deudas. A menudo depende del estado en el que resida: un estado de derecho consuetudinario o de comunidad de bienes.
La mayoría de los bienes adquiridos durante el matrimonio se consideran bienes gananciales. En los estados de derecho consuetudinario se busca una distribución equitativa, lo que no implica necesariamente una división equitativa. Dado que cada estado tiene regulaciones sobre cómo se clasifican los bienes, conviene revisar cuidadosamente sus diferencias al determinar qué bienes se consideran parte de la masa de la quiebra. Los estados de derecho consuetudinario pueden establecer que cada cónyuge posee la mitad de los bienes si son de propiedad conjunta. Si los bienes están a nombre de uno de los cónyuges, en un estado de derecho consuetudinario es probable que se reconozcan como propiedad exclusiva del cónyuge mencionado.
Los bienes incluidos en un caso de bancarrota para una persona que se declara en un estado de derecho consuetudinario pueden incluir bienes de su propiedad exclusiva, así como bienes de propiedad conjunta con su cónyuge. En algunos casos, si los bienes cumplen los requisitos, el síndico podría utilizarlos para pagar a los acreedores. En el caso de los deudores que se declaran en un estado de comunidad de bienes, es probable que los bienes enumerados en la solicitud formen parte de su caso, incluso si la bancarrota la presenta uno de los cónyuges.
Existen exenciones que pueden proteger los activos, pero conviene revisar cuáles están permitidas. Cualquier propiedad que pertenezca por separado a su cónyuge no suele incluirse en la declaración. Las deudas elegibles se cancelan, pero los acreedores podrían exigir el pago del otro cónyuge si este también figura en la cuenta.
(Vía: https://www.nolo.com )