¿La suspensión automática de la quiebra protegerá a mi co-firmante?

Cuando un deudor presenta una demanda Bancarrota del Capítulo 7 y tiene deuda con un co-firmante, se quedará automáticamente. aplicar a su co-firmante. Sin embargo, si el deudor está presentando Bancarrota del Capítulo 13 El co-firmante estará protegido por la suspensión automática en la mayoría de las circunstancias.
A continuación, te explicamos lo que tienes que saber:
- La suspensión automática en la bancarrota del Capítulo 13 se extiende al codeudor porque se asume que el deudor pagará la deuda mediante su plan de pago del Capítulo 13. Por otro lado, la bancarrota del Capítulo 7 exonera las deudas no garantizadas, por lo que no hay razón para proteger al codeudor con la suspensión automática.
- Si el deudor en bancarrota no paga sus deudas en su totalidad durante el proceso de bancarrota del Capítulo 13, el codeudor será responsable del saldo del préstamo y no se beneficiará de la suspensión automática. Esto significa que, una vez que el deudor complete el plan de bancarrota del Capítulo 13, el acreedor tiene derecho a reclamar al codeudor cualquier saldo restante de la deuda.
- Si una bancarrota del Capítulo 13 se convierte en una bancarrota del Capítulo 7 o se desestima, el co-firmante perderá la protección de la suspensión automática.
- Si el tribunal de quiebras determina que proteger al co-firmante con la suspensión automática causará “daño irreparable”, entonces el tribunal de quiebras puede levantar la suspensión automática y permitir que el acreedor persiga al co-firmante para el pago.
Si está considerando declararse en bancarrota y tiene un aval para algunas de sus deudas, no se sorprenda. Tómese el tiempo para hablar con su aval y explíquele qué esperar.
¿Tiene alguna pregunta sobre la suspensión automática de la quiebra?
Si tiene alguna otra pregunta sobre la suspensión automática de la quiebra, siempre será bienvenido a Contactar con nosotros Para programar una consulta gratuita. Siempre estamos aquí para ayudarte.