¿Qué deudas están cubiertas por la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas?

Deudas cubiertas por la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas
Hay varios requisitos que una deuda debe cumplir antes de que quede regida por la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas:
- La deuda debe ser de consumo, contraída por motivos personales, domésticos o familiares. Por ejemplo: Deuda médica: La deuda médica incurrida debido a la enfermedad del cónyuge cumpliría con este criterio; sin embargo, la deuda médica incurrida debido al accidente de un empleado no cumpliría con este criterio.
- Las deudas gestionadas por un cobrador, y no por el acreedor original, se rigen por la Ley de Prácticas Justas en el Cobro de Deudas. Por ejemplo: si tiene una tarjeta de crédito con mora durante seis meses, probablemente se haya vendido a una agencia de cobro. De ser así, esa deuda cumpliría con este criterio.
- La persona que debe la deuda debe ser, de hecho, una persona, no una empresa. Por ejemplo, si usted dirigía una empresa de construcción y no pagó una línea de crédito para suministros, esa deuda no estaría cubierta por la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas. Por otro lado, si usted es un empresario individual con una línea de crédito bajo su crédito personal (lo cual suele ser el caso), esa deuda sí estaría regida por esta ley.
- El cobrador de deudas debe haber cometido algún tipo de violación Contra el deudor, como decir algo falso, ser injusto, irrespetuoso o comportarse de forma que lo degrade, antes de que se le aplique la Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas. Por ejemplo: Si el cobrador comete alguna de las siguientes infracciones, estará infringiendo la ley:
- Hablar sobre la deuda del deudor con familiares, amigos u otras personas no autorizadas.
- Amenazar con arrestar al deudor si no paga la deuda inmediatamente.
- Maldecir, gritar y acosar o herir verbal o físicamente al deudor.