Preguntas frecuentes sobre bancarrota y divorcio
Preguntas sobre bancarrota y divorcio
Lidiar con problemas financieros durante el matrimonio es común, pero para algunas parejas, los problemas económicos contribuyen a que las relaciones se deterioren. Con el divorcio inminente, un cónyuge puede sentir curiosidad por saber qué deudas se deben, quién será responsable de pagarlas y qué sucede si alguien no puede pagar.
Dado que pueden surgir múltiples problemas, es útil analizar su situación con un experto legal para comprender sus derechos y obligaciones, pero a continuación encontrará respuestas a algunas preguntas comunes:
¿Debería venir primero el divorcio o la quiebra?
Esto variará según su situación particular. Presentar una declaración conjunta puede ser una opción para los cónyuges que puedan cooperar durante el proceso. Las parejas pueden optar por declararse en quiebra conjunta, lo cual puede ser rentable y facilitar los trámites del divorcio.
¿Qué pasa si mi cónyuge desea presentar la declaración por su cuenta?
Un cónyuge tiene la opción de declararse en quiebra por su cuenta, pero las deudas contraídas durante el matrimonio podrían ser responsabilidad de ambos. Un acreedor podría demandar al cónyuge no en quiebra para que pague. Dado que el tribunal de divorcio solo asigna la deuda, esto no impide que un acreedor le cobre a cualquiera de los cónyuges. El cónyuge no en quiebra puede optar por declararse en quiebra por su cuenta para evitar intentos de cobro.
¿Puede un cónyuge declararse en quiebra cuando ya se ha iniciado el proceso de divorcio?
Si hay un divorcio pendiente al momento de declararse en bancarrota, esto puede retrasar el proceso, especialmente en asuntos financieros como la división de bienes y deudas. La suspensión automática de la bancarrota entra en vigor y, en algunos casos, el divorcio se tramitará una vez cerrado el caso.
¿Qué pasa si mi ex cónyuge se declara en quiebra después del divorcio?
Es común que un excónyuge presente una demanda cuando sus finanzas personales han cambiado. Se le puede conceder la condonación de algunas deudas, pero ciertas obligaciones, como la manutención infantil y la pensión alimenticia, no pueden ser exoneradas.