Desempleo repentino y bancarrota del Capítulo 13

Cuando un deudor se declara en bancarrota bajo el Capítulo 13, uno de sus mayores temores es no poder mantener el plan de pagos debido a la pérdida del empleo o una reducción significativa de ingresos. Dado que el período de pago del Capítulo 13 dura de 3 a 5 años, el temor a perder el empleo durante ese tiempo es razonable; sin embargo, el Capítulo 13 cuenta con mecanismos que protegen al deudor en caso de pérdida del empleo u otra crisis. Uno de estos mecanismos es la "condonación por dificultades" disponible en el Capítulo 13. Esta "condonación por dificultades" permite al deudor liquidar sus deudas sin convertir el caso a una bancarrota bajo el Capítulo 7.
¿Cómo funciona la “descarga por dificultades” en la bancarrota del Capítulo 13?
- Cuando un tribunal de quiebras otorga a un deudor una exención por dificultades mientras se encuentra en quiebra según el Capítulo 13, el deudor podrá eliminar todas sus deudas con la excepción de las deudas prioritarias, como la manutención doméstica y algunas obligaciones tributarias.
- Para que un deudor pueda optar a una condonación por dificultades económicas en el Capítulo 13 de la Ley de Quiebras, debe cumplir con el criterio de "mejor interés para los acreedores". Esto significa que los acreedores deben recibir lo que habrían recibido en una Ley de Quiebras del Capítulo 7.
- Un deudor solo recibirá una condonación por dificultades económicas en el Capítulo 13 si no puede completar el plan de pagos por razones ajenas a su voluntad. Por ejemplo, el fallecimiento de un deudor (como su cónyuge), su mala salud o la pérdida del empleo podrían considerarse fácilmente razones ajenas a su voluntad.
Una de las mayores ventajas de la condonación por dificultades económicas en el Capítulo 13 de la bancarrota es que, una vez que el deudor recibe la condonación, puede volver a declararse en bancarrota inmediatamente. Esto le permite volver a considerar la opción del Capítulo 13 cuando esté en mejores condiciones para completar el plan de pago.